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UTP Colón en el Simposio de Delitos Informáticos

XVI Simposio de Delitos Informáticos
En el Auditorio de la UTP Sede Central
Mar, 11/13/2012

Profesores, administrativos y estudiantes de pregrado y postgrado, de la Sede Regional de la Universidad Tecnológica de Panamá en Colón, asistieron recientemente al XVI Simposio de Delitos Informáticos.

En el marco de este evento, la Ing. Marta Segovia, expuso sobre: "Los Principales Riesgos Informáticos en la Auditoría de Sistemas", con el propósito de valorar  los riegos que se presentarán a corto plazo, destacando las áreas que se deben auditar.
Éstas áreas son:

1. Operaciones del Centro de Datos
Procesos: respaldos, traslado de medios al sitio alterno, procedimiento de cierres.
Riesgo: inadecuado procedimiento de realización y almacenamiento de copias de respaldos, etc. Inexistencia de procesos adecuados de realización de copias de respaldos y existencia de errores en los reportes de información financiera y en el funcionamiento de los controles.

2. Administración de Seguridad
Proceso: seguridad lógica, antivirus, altas, bajas y cambio de funciones de usuarios, segregación de funciones.
Riesgos: confiabilidad en los accesos no autorizados cambios de información a la configuración de los sistemas, por error o de forma no autorizadas, para cuando se despide a un colaborador, realización de transacciones por acceso no autorizados y segregación de funciones.

3. Cambios en la Aplicación
Proceso: separacion de ambiente de prueba y prouduccion, cambios al sistemas y aplicaciones y politicas y procedimientos de cambios
Riesgos: cambios y autorizaciones no controlados.

El abogado y profesor, Henry Isaza, habló sobre los Medios Electrónicos Informáticos y su Implementación al Sistema Acusatorio. Se debe crear mecanismos de seguridad para restringir el acceso a información electrónica como infografía forense, tecnología que se utiliza en países desarrollados para reanimar el caso acusatorio a evaluar. Éstos medios son los teléfonos, vídeos, grabadoras, celulares, computadoras, facsímiles, al servicio de la justicia; la gestión de los Juzgados se apoya cada día más en la información o medio electrónicos, según Art. 129, 130 y 131 del Código Procesal Penal.

Según el Abogado Isaza hay interrogantes que si se debe establecer si una prueba electrónica puede ser considerada un medio de prueba en Panamá, esa respuesta a la interrogante se encuentra en el Artículo 780 del Código Judicial y el Artículo 376 del Código Procesal Penal, Artículo 7 de la Ley 51 de 22 de julio de 2008.

Los medios electrónicos o informáticos se encuentran incorporados en:

  • Nuevo Código Penal Panameño, Artículos 185, 186, 188, 189, 205, 214, 232, 240, 254, 296, 299, 356, 416
  • Código Procesal Penal en los Artículos 129, 130 y 131 y
  • Diversos Códigos Penales Latinoamericanos.

El Profesor Isaza concluyó que la prueba es fundamental para el éxito de una investigación penal y que en el caso de los delitos informáticos, la prueba electrónica está íntimamente ligada.

 La jornada  culminó con aportes y conclusiones de abogados expertos en Derecho Informático de Panamá.